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La Administración admite que existió negligencia médica en el tratamiento rehabilitador con fisioterapia al provocar a la paciente una quemadura de segundo grado en el hombro debido a la aplicación de infrarrojos. Esta quemadura retrasó la rehabilitación y agravó su patología.
Condena por negligencia en el diagnóstico de un cáncer: no diagnosticaron una leucemia por lo que el paciente falleció. La ausencia de información, impidió igualmente que el paciente hubiera podido pedir una segunda opinión, o bien acudir a la sanidad privada, pues existían opciones de tratamiento.
La “pérdida” de los registros cardiotocográficos del parto impidió probar si hubo retraso al practicar la cesárea y si el daño cerebral pudo evitarse. Por ello condena a la Administración a indemnizar con 275.000 €, además de una pensión vitalicia de1.750 € al mes al recién nacido.