Error diagnóstico de cáncer al confundir un tumor benigno con uno maligno
Junto al error diagnóstico concurren en este caso otras negligencias médicas a lo largo de todo el proceso asistencial de la enferma de cáncer. Se le practicó una intervención para extirparle un tumor benigno de esófago. Sin embargo, al realizar la biopsia, el Servicio de Oncología comunicó a la paciente que los resultados indicaban que el tumor era maligno, con un grado de mortalidad muy elevado. Por ello fue sometida a una nueva intervención quirúrgica para extirparle parte del esófago, y se le instauró un tratamiento farmacológico experimental.
Pero lo que en realidad tenía la enferma era un tumor benigno, por lo que la agresiva reintervención quirúrgica se demostró inútil, como también el tratamiento oncológico que se le administró que agravó sus graves secuelas.
Resulta evidente pues, que ante el resultado contradictorio de las diferentes pruebas que le practicaron no se debió operar a la paciente. Lo que los protocolos médicos y el sentido común aconsejaban, era actuar con prudencia. Para ello debería haberse confirmado previamente el diagnóstico, tomando nuevas muestras y repitiendo las pruebas.
La Administración reconoce su culpa e indemniza con 206.000 €
La reclamación patrimonial presentada en nombre de la paciente por el despacho Castillo-Calvín denunciaba que el Centro Hospitalario, pese a no ponerlos al alcance de la paciente, disponía de los medios materiales necesarios para diagnosticar el cuadro clínico que presentaba la paciente. Fallaron igualmente los medios humanos, pues los médicos que atendieron a la enferma demostraron su falta de diligencia en el desempeño de su trabajo, llegando a provocarle un mayor daño.
Ante unos hechos tan indiscutibles, la vía administrativa se resolvió finalmente de forma favorable para la enferma. De esta manera la resolución la Sanidad Pública reconoció el error de diagnóstico y de tratamiento, al quedar probado el nexo causal entre la asistencia prestada y el daño provocado. Por ello, resolvió indemnizar en un primer momento con 125.983 euros.
Sin embargo, al estimar que el cálculo de la indemnización era incorrecto, se presentó recurso de revisión, que fue finalmente estimado. Así se consiguió que se incrementara en 80.000 euros más.