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No informaron al paciente que tenía cáncer y falleció sin tratamiento

Condena por negligencia en el diagnóstico de un cáncer

No diagnosticaron la leucemia que padecía por lo que el enfermo falleció

Como señala Castillo-Calvín, abogado de la familia del fallecido, se trata de una deficiencia asistencial imputable a la sanidad pública, debido a un total abandono asistencial, que fue propiciado por un grave error de diagnóstico del paciente afectado con leucemia desde un año antes. Durante todo este tiempo, a pesar de los síntomas clínicos de sospecha que presentaba y de su creciente deterioro físico, no se le practicaron al enfermo pruebas complementarias con objeto de conocer el origen de sus dolencias, establecer un tratamiento e informar debidamente al interesado. Resulta especialmente destacable en este caso, que al enfermo se le había detectado un cuadro de leucocitosis con monocitosis, lo que obligaba conforme a los protocolos asistenciales y a la buena praxis médica a investigar el origen de tal patología.

Ausencia de Información

La ausencia de información, incumpliendo la “Ley reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica”, impidió igualmente que el paciente hubiera podido pedir una segunda opinión, o bien acudir a la sanidad privada. Esto hubiera podido ser decisivo, pues existían opciones de tratamiento, como determinaron los peritos en el juicio.

Pérdida de Oportunidad

El paciente perdió oportunidades de tratamiento, falleciendo sin conocer el diagnóstico del cáncer que padecía. En el ámbito médico se habla de pérdida de oportunidad de vida o curación, para describir aquellos casos en que se ha privado a un paciente de una posibilidad de restablecimiento, entre otras causas, por la omisión de una ayuda diagnóstica, de un tratamiento diferente, de un medicamento más completo, o de un adecuado diagnóstico, como era el caso.

Partiendo de la doctrina jurisprudencial de la “pérdida de oportunidad”, la sentencia dictada por el juzgado de Sevilla, condena al SAS y a su aseguradora Zurich, al pago de 54.000 euros, por entender que las expectativas de curación del enfermo eran bajas y, sin embargo, muy altas las expectativas de evolucionar a una leucemia aguda mieloblástica, de consecuencias fatales.

Sentencia PERDIDA DE OPORTUNIDAD cáncer
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